Rejerarquización para trabajadores de la Administración Pública Provincial
La referida rejerarquización se efectivizará de acuerdo a las siguientes condiciones:
Los agentes que fueron recategorizados por los Decretos Acuerdo Nº 5351-HF-2022 y Nº 4297-HF-2021, serán promovidos dos categorías.
Los agentes que fueron recategorizados por el Decreto Acuerdo Nº 3555-S-2021, serán promovidos dos categorías.
Los agentes que ingresaron a la Planta Permanente por aplicación del Decreto Acuerdo Nº 9316-G-2016, serán promovidos dos categorías.
Los agentes que ingresaron a la Planta Permanente por aplicación del Decreto Nº 3510-G-2021, serán promovidos a la categoría inmediata superior.
Por otra parte, se establece que los períodos correspondientes a licencia sin goce de haberes por desempeño en cargos de mayor jerarquía en el ámbito de los tres Poderes del Estado o en jurisdicción nacional o municipal, así como los períodos bajo régimen de retiro voluntario, se computarán a los fines dispuestos en el presente decreto.
Asimismo, deja en claro que estas disposiciones no alcanzan al personal contratado, ni al reemplazante ni al interino.
Las disposiciones consignadas, serán de aplicación a partir del 1 de octubre de 2025.
